domingo, 24 de septiembre de 2017

Bolivia



Resolución Nº CGE/094/2012
La Paz, 27 de agosto de 2012
CONSIDERACIÓN
Que, la Subcontraloría General, a través del Informe Nº CGE/SCG/INF-020/2012 de 14 de agosto de 2012, presenta la documentación relativa al proyecto de Normas de Auditoría Gubernamental y recomienda la emisión de la Resolución que apruebe las mismas por el Contralor General del Estado, en cumplimiento del Procedimiento P/OA-001, Versión 1 “Emisión, Archivo y Disposición de Documentos Normativos de la Contraloría General del Estado”, aprobado mediante Resolución Nº CGE/077/2011 de fecha 19 de 2011.
Que el Informe Legal Nº AA/054/2012 de fecha 22 de agosto de 2012, concluye que de la revisión de antecedentes y en el marco de la normativa vigente, corresponde la aprobación de la siguiente normativa: Normas Generales de Auditoría Gubernamental, Código NE/CE-011, Versión 1; Normas de Auditoría Financiera, Código NE/CE-012, Versión 1; Normas de Auditoría Operacional, Código NE/CE-013, Versión 1; Normas de Auditoría Ambiental, Código NE/CE-014, Versión 1; Normas de Auditoría Especial, Código NE/CE-015, Versión 1; Normas de Auditorías de Proyectos de Inversión Pública, Código NE/CE-016, Versión 1, Normas de Auditorías de Tecnologías de la Información y la Comunicación, Código NE/CE-018, Versión 1. Así mismo, corresponde, abrogar y derogar las disposiciones contrarias a los referidos instrumentos normativos.
Que, el artículo 213 Parágrafo I de la Constitución Política del Estado establece: “La Contraloría General del Estado (…); tiene autonomía funcional, financiera, administrativa y organizativa” concordante con el artículo 41 de la Ley Nº 1178, que determina: “La Contraloría General de la República ejercerá el Control Externo Posterior con autonomía operativa, técnica y administrativa” y con el artículo 60 del Reglamento de Atribuciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Decreto Supremo Nº 23215 de 22 de julio, de 1992.
Que, el artículo 23 de la Ley Nº 1178 concordante con el artículo 3 inciso a) del Reglamento de Atribuciones de la Contraloría General de la República.
Que, en el marco de la atribución de emitir normatividad básica, éste ente de Control Gubernamental, ha establecido en su Plan Estratégico Institucional 2007-2013, aprobado mediante Resolución Nº CGR/150/2007 de fecha 21 de agosto de 2007, como objetivo estratégico el “elaborar y actualizar de manera continua la normativa básica y secundaria del control gubernamental interno y externo”; asimismo, el propósito del referido Plan es que “La contraloría General de la República, ha logrado ejercer el control gubernamental con mayor efectividad sobre las entidades públicas, en un marco de transparencia y rendición de cuenta, modernizado su estructura y tecnología de gestión”
Que, el Plan Estratégico Institucional 2007-2013, ha establecido 5 Componentes Estratégicos o Resultados, entre los cuales se encuentra el de: “Normatividad de control gubernamental perfeccionada, impulsa su implantación y alienta la disciplina de control en las entidades públicas (…)”.
Que, resulta evidente que cada proyecto de Normas de Auditoría Gubernamental, ha sido sometido a un proceso de elaboración y perfeccionamiento riguroso; con la participación de todas las Subcontralorías, a través de la presentación de propuestas de modificación y/o actualización de normas, así como de la revisión, análisis integral y compatibilización en el Taller de Compatibilización de Normas de Control Gubernamental y cuya revisión se ha dado por cada Subcontraloría conforme se verifica en cada proyecto.
Que, en consideración al numeral 6 del Procedimiento P/OA-001, Versión 1 “Emisión, Archivo y Disposición de Documentos Normativos de la Contraloría General del Estado”…
Que conforme, el Procedimiento de Emisión de Resoluciones de la Contraloría General de la República (ahora del Estado) P/OA-155, numeral Nº 4.2 inciso b), se emitirá Resolución para aprobar, modificar o dejar sin efecto documentos normativos, sean éstos de uso interno así como aquellos elaborados por la CGR para su aplicación en el Sector Público en su calidad de Órgano Rector del Sistema de Control Gubernamental.
POR TANTO:
El Contador General del Estado a.i., en ejercicio de las atribuciones conferidas por Ley:
RESUELVE:
PRIMERO: Aprobar los siguientes Instrumentos Normativos de forma individualizada en su primera versión:
·         Normas Generales de Auditoría Gubernamental, Código NE/CE-011
·         Normas de Auditoría Financiera, Código NE/CE-012
·         Normas de Auditoría Operacional, Código NE/CE-013.
·         Normas de Auditoría Ambiental, Código NE/CE-014
·         Normas de Auditoría Especial, Código NE/CE-015.
·         Normas de Auditoría de Proyectos de Inversión Pública, Código NE/CE-016
·         Normas de Auditoría de Tecnologías de la Información y la Comunicación, Código NE/CE-017
·         Normas para el ejercicio de la Auditoría Interna, Código NE/CE-018
Los mismos que entrarán en vigencia a partir del 1 de noviembre de 2012.
SEGUNDO: Quedan abrogadas a partir del 1 de noviembre de 2012, las Resoluciones Nrs. CGR/026/2005 de 24 de febrero de 2005 que aprueba el “Manual de Normas de Auditoría Gubernamental” (M/CE/10) versión 4; CGR/079/2006 de 04 de abril de 2006 que aprueba la división del “Manual de Normas de Auditoría Gubernamental” (M/CE/10) versión 4 y CGE-063/2012 de 13 de junio de 2012 que apruebas las “Normas de Auditoría Ambiental” (M/CE/IO-D), en su quinta versión.
TERCERO: Instruir a la Subcontraloría General la correspondiente publicación  a la Unidad de Normatividad y Calidad, su difusión a nivel nacional en consideración al Procedimiento P/OA-001, Versión 1 “Emisión Archivo y Disposición de Documentos Normativos de la Contraloría General del Estado.”
NORMAS DE AUDITORÍA DE TECNOLOGÍAS DE L INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN
DISPOSICIONES GENERALES
Propósito
El presente documento contiene un conjunto de normas y aclaraciones que permiten asegurar la uniformidad y calidad de la auditoría gubernamental en Bolivia…
Aplicación
Estas nomas son de aplicación obligatoria en la práctica de la auditoría realizada en toda entidad pública comprendida en los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 1178…
·         Contraloría General del Estado
·         Unidades de Auditoría Interna de las entidades públicas; y
·         Profesionales o firmas de auditoría
Auditoría
Es la acumulación y evaluación objetiva de evidencia para establecer e informar sobre el grado de correspondencia entre la información examinada y criterios establecidos.
Consideraciones básicas
Los servidores públicos deben rendir cuenta de su gestión a la sociedad. En este sentido, los servidores públicos, los legisladores y los ciudadanos en general desean y necesitan saber, no sólo si los recursos públicos han sido administrados correctamente y de conformidad con el ordenamiento jurídico administrativo y otras normas legales aplicables, sino también de la forma y resultado de su aplicación, en términos de eficacia, eficiencia, economía y efectividad.

Los servidores públicos y otros a los que se les ha confiado la administración de los recursos públicos, deben:
a) Emplear estos recursos con eficacia, eficiencia, economía y efectividad.
b) Cumplir con el ordenamiento jurídico administrativo y otras normas legales aplicables, implantando sistemas adecuados para promover y lograr su cumplimiento.
c) Establecer y mantener controles efectivos para garantizar la consecución de las metas y objetivos correspondientes, promover la eficiencia de sus operaciones, salvaguardar los recursos contra irregularidades, fraudes y errores, y emitir información operativa y financiera útil, oportuna y confiable.

Definiciones
Las definiciones presentadas en la Ley Nº 1178 y sus reglamentos deben considerarse en la interpretación y aplicación de estas Normas.

Vacíos técnicos
Si durante el desarrollo de la auditoría gubernamental surgiesen aspectos no contemplados en estas Normas, deben entonces observarse las Normas Generales de Auditoría de Sistemas de Información emitidas por la Asociación de Auditoría y Control de Sistemas de Información ISACA (The Information Systems Audit and Control Association), el modelo de control COBIT (Objetivos de Control para la Información y Tecnologías Relacionadas), las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) emitidas por la Federación Internacional de Contadores (IFAC); las Declaraciones sobre Normas de Auditoría (SAS) emitidas por el Instituto Americano de Contadores Públicos (AICPA) y las Normas de Auditoría emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI).

Fuentes
Estas Normas incorporan en su contenido los principales criterios de la normatividad emitida al respecto, por:
-  La Fundación para la Auditoría y Control de Sistemas de Información (ISACF).
-  La Asociación de Auditoría y Control de Sistemas de Información (ISACA).
-  La Federación Internacional de Contadores (IFAC).
-  El Instituto Americano de Contadores Públicos (AICPA).

Contratación de Servicios de Auditoría
Es importante aplicar políticas y procedimientos idóneos para la adjudicación y contratación de servicios de auditoría y supervisar que las mismas se realicen de acuerdo a las condiciones pactadas conforme establece el Reglamento emitido por la Contraloría General del Estado

Registro de firmas y profesionales independientes de auditoría externa
Los profesionales independientes y las firmas de auditoría externa, deben inscribirse en el Registro que está a cargo de la Contraloría General del Estado. Al respecto, el proceso de inscripción debe sujetarse al Reglamento que el Órgano Rector del Sistema de Control Gubernamental emita a tal efecto.

Ejercicio de la auditoría
Deberán tomarse en cuenta las Normas Generales de Auditoría Gubernamental 210.

Auditoría de tecnologías de la información y la comunicación
Es el examen objetivo, crítico, metodológico y selectivo de evidencia relacionada con políticas, prácticas, procesos y procedimientos en materia de tecnologías de la información y la comunicación, para expresar una opinión independiente respecto:
a) A la confidencialidad, integridad, disponibilidad y confiabilidad de la información.
b) Al uso eficaz de los recursos tecnológicos.
c) A la eficacia del control interno asociado a los procesos de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

Los incisos señalados, podrán ser considerados en forma individual o en conjunto.
La auditoría de tecnologías de la información y la comunicación está definida principalmente por sus objetivos y puede ser orientada hacia uno o varios de los siguientes enfoques:

a)      Enfoque a las seguridades: Consiste en evaluar los controles de seguridad implementados en los sistemas de información con la finalidad de mantener la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información.
b)      Enfoque a la información: Consiste en evaluar la estructura, integridad y confiabilidad de la información gestionada por el sistema de información.
c)       Enfoque a la infraestructura tecnológica: Consiste en evaluar la correspondencia de los recursos tecnológicos en relación a los objetivos previstos.
d)      Enfoque al software de aplicación: Consiste en evaluar la eficacia de los procesos y controles inmersos en el software de aplicación, que el diseño conceptual de éste cumpla con el ordenamiento jurídico administrativo vigente.
e)      Enfoque a las comunicaciones y redes: Consiste en evaluar la confiabilidad y desempeño del sistema de comunicación para mantener la disponibilidad de la información.
Otros conceptos

Datos: Son objetos de información, los cuales pueden ser externos o internos, estructurados y no estructurados del tipo gráfico, sonido, imágenes, números, palabras y de otra índole, etc.
Información: Datos que han sido organizados, sistematizados y presentados de manera que los patrones subyacentes resulten claros.
Tecnología: Es un conjunto ordenado de instrumentos, conocimientos, procedimientos y métodos aplicados a las áreas.
Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC): Comprende al conjunto de recursos, herramientas, equipos, programas informáticos, aplicaciones, redes y medios, que permiten la compilación, procesamiento, almacenamiento, transmisión y recepción de información, voz, datos, texto, video e imágenes. Se consideran como sus componentes el hardware, el software y los servicios.
Sistema de Información (SI): Se refiere a un conjunto de procesos y recursos de información organizados con el objetivo de proveer la información necesaria (pasada, presente, futura) en forma precisa y oportuna para apoyar la toma de decisiones en una entidad.
Software de aplicación: Se refiere a un elemento de los Sistemas de Información, es un conjunto de programas de computador diseñados y escritos para realizar tareas específicas del negocio y que permiten la interacción entre el usuario y el computador.
Sistemas de comunicación: Se refiere a la tecnología que se emplea para el intercambio de información.
Confidencialidad de la información: Se refiere a la protección de la información crítica contra su divulgación no autorizada.
Integridad de la información: Se vincula con la exactitud y la totalidad de la información así como también con su validez de acuerdo con los valores y las expectativas de la entidad.
Confiabilidad de la información: Se vincula con la provisión oportuna e íntegra de la  información para coadyuvar a la consecución de los objetivos de la entidad.
Disponibilidad de la información: Se vincula con el hecho de que la información se encuentre disponible cuando el proceso la requiera. También se asocia con la protección de los recursos necesarios y las capacidades asociadas.
Técnicas de Auditoría Asistidas por Computador (TAAC): Se refiere a las técnicas de auditoría que contemplan herramientas informáticas con el objetivo de realizar más eficazmente, eficientemente y en menor tiempo pruebas de auditoría.

Ejercicio de la auditoría interna

Es una función de control interno posterior de la organización, que se  realiza a través de una unidad especializada, cuyos integrantes no participan en las operaciones y actividades administrativas. Su propósito es contribuir al logro de los objetivos de la entidad mediante la evaluación periódica del control interno.

Las Normas de Auditoría Gubernamental deben ser aplicadas por el auditor interno gubernamental.

NORMAS DE AUDITORÍA DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNIDAD
Planificación
1.- La auditoría de tecnologías de la  información y la comunicación se debe planificar en forma en forma metodológica, para alcanzar eficientemente los objetivos de la misma.
2.- Debe permitir un adecuado desarrollo de las etapas subsecuentes; para el efecto, se debe tomar conocimiento del sujeto y del objeto a evaluar. Además, es un proceso continuo y dinámico que puede modificarse o ampliarse durante el desarrollo de la auditoría.
3.- El auditor gubernamental debe comprender el objeto de auditoría: el diseño conceptual, políticas de gestión, formas de registro, niveles de seguridad y uso de las comunicaciones para la gestión de la información y el ordenamiento jurídico administrativo relacionado con el objeto de auditoría.
4.- En función de la naturaleza, complejidad y modularidad del objeto de auditoría, la evaluación del control  interno y la evaluación de riesgos, se determinan las áreas críticas, dependiendo de éstas se definirán los objetivos o el (los) enfoque(s) y el alcance de la auditoría.
5.- Se deben identificar los criterios a partir de la normativa aplicable al objeto de la auditoría…
6.- Se diseñarán programas de trabajo que se aplicarán durante la ejecución del trabajo de campo, para el efecto, en función a la evaluación del control interno y evaluación de riesgos…
7.- Como resultado del proceso de planificación de la auditoría de tecnologías de la información y la comunicación, se debe elaborar el Memorándum de Planificación de Auditoría, el cual debe contener todos los aspectos detallados en la presente norma y aquellos que se consideren necesarios incluir y que tengan relación con los objetivos del examen, el alcance y la metodología.
Supervisión
1.- La segunda norma de auditoría de tecnologías de la información y la comunicación es:
Personal competente debe supervisar sistemática y oportunamente el trabajo realizado por los profesionales que conformen el equipo de auditoría.
2.- La supervisión implica dirigir los esfuerzos del equipo de auditores  gubernamentales hacia la consecución de los objetivos de auditoría.
3.- La supervisión debe ser realizada en cada una de las etapas de la auditoría, la misma incluye:
Examinar la factibilidad y/o razonabilidad técnica de los objetivos y alcances de la auditoría propuestos.
-          Asegurar que los miembros del equipo comprendan los objetivos de la auditoría.
-          En particular se debe asegurar que entiendan claramente el trabajo a realizar, por qué se va efectuar y qué se espera lograr.
-          Guiar a los miembros del equipo de auditoría a lo largo del desarrollo de las tareas asignadas.
-          Revisar oportunamente el trabajo realizado, a través de los respectivos papeles de trabajo en medios físicos y/o electrónicos.
-          Ayudar a absolver problemas técnicos y administrativos.
-          Detectar debilidades del personal asignado y proporcionar en consecuencia la capacitación necesaria o requerir que la misma sea proporcionada por terceros.
-          Asegurar que la evidencia obtenida sea suficiente y competente
4.- La supervisión efectuada durante el desarrollo de la auditoría, debe estar evidenciada en los papeles de trabajo en medios físicos y/o electrónicos, acumulados durante la misma.
Control interno
1.- La tercera norma de auditoría de tecnologías de la información y la comunicación es:
Debe obtenerse una comprensión del control interno relacionado con el objeto del examen.
2.- Se debe evaluar el control interno para identificar las áreas críticas que requieren un examen profundo y determinar su grado de confiabilidad a fin de establecer la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos.
3.-  A efectos de este tipo de auditoría, se establecen dos tipos de controles: el control general y el control específico de los sistemas de información. El control general involucra a todos los sistemas de información y el control específico está diseñado para controlar el procesamiento en sí de la información.
4.- Los controles generales son políticas y procedimientos que tiene que ver con el ambiente en el cual se desarrollan, mantienen y operan los sistemas de información y respaldan el funcionamiento efectivo de los controles específicos, en  consecuencia involucran a todos los sistemas de información.
5.- Los controles específicos son los aplicables a los procesos de adquisición, producción almacenamiento, tratamiento, comunicación, registro y presentación de la información.
6.- El control interno es un proceso implementado por la dirección y todo el personal, diseñado con el objetivo de coadyuvar al logro de los objetivos de la entidad…
7.- El control interno está conformado por cinco componentes que interactúan entre sí y se encuentran integrados al proceso de gestión: ambiente de control, evaluación de riesgos, actividades de control, información y comunicación y supervisión.
8.- El estudio y evaluación del control interno incluye dos fases:
a) Conocimiento y comprensión de los procedimientos establecidos en la entidad referente a los sistemas de información, al término del cual, el auditor gubernamental debe ser capaz de emitir una opinión preliminar presumiendo un satisfactorio cumplimiento del control interno.
b) Comprobación de que los procedimientos relativos a los controles internos están siendo aplicados tal como fueron observados en la primera fase.
Evidencia
1.- La cuarta norma de auditoria de tecnologías de la información y la comunicación es:
Debe obtenerse evidencia competente y suficiente como base razonable para sustentar los hallazgos y conclusiones del auditor gubernamental.
2.- Se denomina evidencia al conjunto de hechos comprobados, suficientes y competentes que sustentan las conclusiones del auditor.
3.- La acumulación de evidencia es un proceso integrado a toda la ejecución de la auditoría y debe sustentar todos los atributos de los hallazgos de auditoría.
4.- La evidencia debe ser acumulada mediante un proceso supervisado de aplicación de metodologías y técnicas de auditoría.
05.-La evidencia para ser competente, debe ser válida como relevante.
La evidencia es válida cuando es consistente con la realidad y los hechos, la misma ha sido obtenida de fuente independiente, por el auditor en forma directa o se ha asegurado de la confiabilidad de la información generada por la entidad.
La evidencia es relevante cuando tiene directa relación con el objeto de la auditoría y contribuye a sustentar los hallazgos y conclusiones del auditor gubernamental.
06. La evidencia es suficiente si basta para sustentar la opinión del auditor gubernamental, para ello debe ejercitar su juicio profesional con el propósito de determinar la cantidad y tipos de evidencia necesarias.
07. Las Técnicas de Auditoría Asistidas por Computador (TAAC) pueden producir parte de la evidencia de auditoría, como consecuencia de ello, el auditor debe planificar y ser competente en el uso de las TAAC.
08. La evidencia obtenida por el auditor gubernamental debe conservarse en papeles de trabajo en medios físicos y/o electrónicos.
09. Respecto a las características de competencia, suficiencia y clasificación de la evidencia, y a los papeles de trabajo que la contienen, deben considerarse los aspectos mencionados en los numerales 07 al 13 de la Norma de Auditoría Financiera 224.
Comunicación de resultados

1.- La quinta norma de auditoría de tecnologías de la información y la comunicación es: El informe de auditoría de tecnologías de la información y la comunicación debe ser oportuno, objetivo, claro, convincente, conciso y será el medio para comunicar los resultados obtenidos durante la misma.
02.-El informe de auditoría de tecnologías de la información y la comunicación debe ser emitido en forma escrita, lógica y organizada.
03. El informe debe contener información suficiente para ser entendido por los destinatarios y facilitar la acción correctiva si corresponde.
04. El contenido del informe de auditoría de tecnologías de la información y la comunicación deberá hacer referencia a:
- Los antecedentes, acciones o circunstancias que dieron origen a la auditoría.
- Los objetivos, que identificarán los propósitos específicos que se cubrirán durante la misma.
- El objeto, identifica aquello que ha sido examinado.
- El alcance, se referirá al periodo examinado; así como a la cobertura del trabajo realizado.
Se debe especificar en el alcance, que la auditoría se realizó de acuerdo con las
Normas de Auditoría Gubernamental.
- Si se presentaron limitaciones que no permitieron al auditor gubernamental cumplir con los objetivos previstos, éstas deben ser mencionadas en el informe de manera expresa.
- La metodología, explicará las técnicas y procedimientos de auditoría que fueron empleados para obtener y analizar la evidencia; asimismo, se mencionarán los criterios y normas aplicadas durante el desarrollo del examen.
- En el resultado del examen, se expondrá:
• Los hallazgos significativos que tengan relación con los objetivos de auditoría, los que incluirán la información suficiente que permita una adecuada comprensión del asunto que se informa.
Las recomendaciones que se consideren apropiadas para eliminar o minimizar las causas que originaron las deficiencias identificadas durante el examen.
-          Las conclusiones, que son inferencias lógicas sobre el objetivo de auditorías basadas en los hallazgos, deben ser expresadas explícitamente de manera convincente y persuasiva, evitando el riesgo de interpretaciones erróneas por parte de los lectores.
05. Si correspondiera, se debe hacer referencia a las auditorías especiales que se hubieran iniciado por alguna situación evidenciada en la auditoría de tecnologías de la información y la comunicación, o a los informes de auditoría especial emergentes de la misma.

Opinión Personal

En la Normativa Boliviana respecto a la Auditoría Informática no considere que se encuentre desarrollada en muchos aspectos dejando vacíos legales que hay que suplir con normativa y procedimientos externos como COBIT y otros. Sin embargo es fundamental socializar la normativa vigente hasta el momento para que todos los administradores TIC y las instituciones puedan comprender y seguir metodologías de acuerdo a normas establecidas.